SBS definió los montos máximos del Fondo de Seguro de Depósitos de cooperativas

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SBS definió los montos máximos del Fondo de Seguro de Depósitos de cooperativas

30 nov 2019 | 23:00 horas Actualizado 2023-11-30T01:45:15Z

Montos máximos serán de S/ 5,000 y S/ 10,000, dependiendo el nivel de la cooperativa y sus activos.


Fondo de Seguro de Depósitos de Cooperativas
SBS establece los montos máximos que cubrirá el Fondo de Seguro de Depósitos.

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) aprobó este sábado (30.11.2019) la cobertura, prima y demás aspectos técnicos relacionados al Fondo de Seguro de Depósitos Cooperativo (FSDC) de las cooperativas de ahorro y crédito no autorizadas a operar por terceros (Coopac), que permitirá proteger los ahorros de sus socios.

A través de la Resolución SBS N° 5646-2019, publicada en El Peruano, el monto de la cobertura y la prima se han establecido en función al nivel de activos de las Coopac, de acuerdo al esquema modular de supervisión.

Así, el monto máximo de cobertura por socio en cada Coopac, comprendidos los intereses, es de 5,000 soles para las Coopac Nivel 1 y Nivel 2 con activos totales menores o iguales a 32,200 UIT, y de 10,000 soles para las Coopac Nivel 2 con activos totales mayores a 32,200 UIT y de Nivel 3.

Cabe indicar que la SBS supervisa a las Coopac de acuerdo a un esquema modular de tres niveles, en función a su monto total de activos: Nivel 1, aquellas con activos totales hasta 600 UIT; Nivel 2, aquellas con activos totales mayores a 600 UIT y hasta 65,000 UIT, y Nivel 3, aquellas con activos totales mayores a 65,000 UIT.

La información sobre las operaciones pasivas que difundan las Coopac deberá señalar de manera clara y precisa si se encuentran cubiertas por el FSDC, así como el monto máximo de cobertura, evitando que los mecanismos y medios de difusión utilizados puedan generar confusión.

De otro lado, el pago de la prima o aporte del fondo por parte de las Coopac, también se ha establecido en función a los activos.

En el caso de las Coopac Nivel 1 y de Nivel 2 con activos menores o iguales a 32,000 UIT la tasa anual será de 0.25% de sus activos totales; y en el caso de las Coopac Nivel 2 con activos totales mayores a 32,200 UIT y Nivel 3 será de 0.35% de sus activos totales.

Estas primas se irán afinando en el futuro, regulatoriamente, conforme se vayan estableciendo los perfiles de riesgo específico de cada Coopac.

Inicio de cobertura


Previamente la SBS había establecido que la cobertura del Fondo de Seguro de Depósitos empezaría a aplicar luego de que hayan pagado primas por un periodo mínimo de 24 meses.

Asimismo, la norma señala que el pago de las primas iniciará en el 2020. Teniendo en cuenta, la cobertura del fondo aplicará desde el año 2022.
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