Ley del teletrabajo: tiene derecho a recibir equipos, internet y compensación por energía eléctrica

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Ley del teletrabajo: tiene derecho a recibir equipos, internet y compensación por energía eléctrica

11 sept 2022 | 14:00 horas Actualizado 2023-11-30T03:17:29Z
Beneficios del del teletrabajo en el Perú
Qué dice la ley del teletrabajo en el Perú.

El teletrabajador tendrá derecho a recibir equipos, internet y desconexión digital, señala la norma publicada en El Peruano, la Ley N° 31572 o Ley del Teletrabajo, aprobada por insistencia por el Congreso.


¿Qué dice la ley el teletrabajo en el Perú?


Según la norma, ejercer el teletrabajo es voluntario y reversible, de forma temporal o permanente, total o parcial, además de flexibilizar la distribución del tiempo de la jornada laboral.

Asimismo, se realizará dentro del territorio nacional o fuera de este y el lugar acordado contará con las condiciones digitales y de comunicaciones necesarias.

La ley tiene por objeto regular el teletrabajo en las entidades públicas e instituciones y empresas privadas, en el marco del trabajo decente y la conciliación entre la vida personal, familiar y laboral.

Estos son los derechos del teletrabajador


El teletrabajador tendrá los mismos derechos que los establecidos para los trabajadores que laboran bajo la modalidad presencial.

De igual forma, tendrá derecho a recibir los equipos, servicios de internet o las compensaciones económicas por la provisión de estos y compensación del consumo de energía eléctrica.

También tendrá derecho a la desconexión digital, a la intimidad, privacidad e inviolabilidad de las comunicaciones y documentos privados del teletrabajador, considerando la naturaleza del teletrabajo.

Obligaciones del teletrabajador


El teletrabajador tendrá las mismas obligaciones que las establecidas para aquellos que laboran bajo la modalidad presencial.

Realizar el teletrabajo, no será posible que este sea realizado por un tercero.

Asimismo, entregará y reportará el trabajo encargado por el empleador dentro de su jornada laboral, cumplirá con todas las disposiciones emitidas por el empleador para el desarrollo de su labor, además de las medidas, condiciones y recomendaciones de seguridad y salud.

Debe estar disponible durante la jornada laboral, cuidar los bienes otorgados por el empleador, usarlos para el teletrabajo y evitar que sean utilizados por personas y participará de los programas de capacitación que disponga el empleador.

Qué dice la ley del teletrabajo en Perú

Obligaciones del empleador 


El empleador tendrá las mismas obligaciones que las establecidas para los trabajadores que laboran bajo la modalidad presencial. 

El empleador debe comunicar al trabajador o teletrabajador la voluntad, debidamente motivada y con la anticipación correspondiente, de pactar un cambio en el modo de la prestación de labores, a teletrabajo o presencial, mediante cualquier soporte físico o digital que permita dejar constancia de ello.

Evaluará de forma objetiva la solicitud de cambio en el modo de la prestación de labores que presente el trabajador o teletrabajador para optar por el teletrabajo o retornar a labores presenciales.

Entregar equipos y el servicio de acceso a internet o asignará las compensaciones económicas por la provisión de estos al teletrabajador, y la compensación del consumo de energía eléctrica

Previo acuerdo, el teletrabajador aportará sus propios equipos y el internet, estos son compensados por el empleador, salvo pacto en contrario. 

El empleador respetará la desconexión digital del teletrabajador y lo notificará sobre los mecanismos de comunicación laboral y las medidas, condiciones y recomendaciones de seguridad y salud en el teletrabajo que deben observarse durante su jornada.

Además, capacitará al teletrabajador en el uso de aplicativos informáticos, en seguridad de la información y en seguridad y salud en el teletrabajo.

Lugar del teletrabajo


El teletrabajador es libre donde realizará el teletrabajo y estos deberán ser informados al empleador antes del inicio de la prestación de labores.

En caso de cambio del lugar habitual de teletrabajo, el teletrabajador debe informarlo al empleador con una anticipación de cinco días hábiles, salvo causa debidamente justificada. 

Para el registro de los teletrabajadores, el empleador informará al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo sobre la cantidad de teletrabajadores, sea total o parcial, que emplea mediante declaración a través de la planilla electrónica.

Infracciones


Serán infracciones leves no comunicar al teletrabajador las condiciones de seguridad y salud que debe cumplir para realizar el teletrabajo; impedir la concurrencia del teletrabajador a las instalaciones del centro de trabajo para consultas relacionadas con su vínculo laboral, el manejo de los sistemas o programas específicos que le permitan realizar su labor o participar de las actividades de bienestar.

Como infracción grave está considerada aplicar el cambio de modalidad de un trabajador convencional a la de teletrabajo o viceversa sin su consentimiento, exceptuándose aquellos cambios unilaterales realizados en uso de su facultad directriz.

No cumplir con la provisión de equipos, el servicio de acceso a internet y la capacitación del trabajador o teletrabajador.

Será infracción muy grave no respetar el derecho del teletrabajador a desconectarse digitalmente durante las horas que no correspondan a su jornada de trabajo.
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