Estas son las nuevas restricciones que rigen hasta el 11 de abril

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Estas son las nuevas restricciones que rigen hasta el 11 de abril

29 mar 2021 | 5:00 horas Actualizado 2023-11-30T03:17:29Z
Cuarentena - Toque de queda Abril Perú
Gobierno publica restricciones que regirán en todo el país del 29 de marzo al 11 de abril. Decreto supremo detalla también las medidas para Semana Santa.

El Ejecutivo publicó el decreto supremo que prorroga el estado de emergencia nacional a consecuencia del covid-19 y dicta las medidas que regirán en todo el país del 29 de marzo al 11 de abril, incluyendo los días de Semana Santa.


El Decreto Supremo 058-2021-PCM, publicado en El Peruano, amplía por 30 días calendario el estado de emergencia nacional a partir del jueves 1 de abril.

Quedando restringido el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito.

El dispositivo legal actualiza también el nivel de alerta ("alto", "muy alto" y "extremo") frente al coronavirus por provincia o departamento, tal como sigue a continuación:

Toque de queda 


El decreto dispone que del 29 de marzo al 11 de abril se dispone la inmovilización social obligatoria (toque de queda) en diferentes horarios, según el nivel de alerta por provincia y departamento, conforme al siguiente detalle:

  • Nivel de alerta moderado: de lunes a domingo desde las 23:00 hasta las 04:00 horas del día siguiente.
  • Nivel de alerta alto: de lunes a domingo desde las 22:00 hasta las 04:00 horas del día siguiente.
  • Nivel de alerta muy alto: de lunes a domingo desde las 21:00 hasta las 04:00 horas del día siguiente. En esta clasificación se encuentran Lima y Callao.
  • Nivel de alerta extremo: de lunes a sábado desde las 21:00 hasta las 04:00 horas del día siguiente; y los domingos todo el día.

Inmovilización social


Esta inmovilización social obligatoria no se aplica al personal de salud, servicios financieros, mercados y tiendas de primera necesidad; farmacias, saneamiento, energía, limpieza pública, servicios funerarios, entre otros, que cumplen trabajo esencial.

Tampoco rige para aquellas personas que requieren de una atención médica urgente o de emergencia por encontrarse en grave riesgo su vida o salud y para la adquisición de medicamentos.

Domingos sin auto


En el mismo período (del 29 de marzo hasta el 11 de abril), el Ejecutivo dispone la prohibición del uso de vehículos particulares los domingos en todo el país, independientemente del nivel de alerta en que se encuentre la provincia.

Esto significa que los domingos 4 y 11 de abril se mantiene prohibida la circulación de vehículos particulares, salvo que se cuente con el pase especial por labores esenciales. No obstante, el transporte público sí funcionará durante ambas fechas.

Los vehículos particulares que cuenten con pase vehicular podrán circular. También se exceptúa de esta medida al personal de los organismos del sistema electoral peruano.

Semana Santa: cuarentena todo el día


Desde el jueves 1 al domingo 4 de abril habrá inmovilización social obligatoria (cuarentena) durante todo el día, está prohibido el uso de autos particulares en todo el país.

La población podrá trasladarse a pie o en bicicleta para la adquisición de productos de primera necesidad, medicinas y recojo de alimentos en restaurantes, señala la norma.

Durante los cuatro días solo están permitidas las siguientes actividades:

  1. Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, mercados itinerantes, bodegas y farmacias, con aforo según el nivel de alerta y atención desde las 04:00 hasta las 18:00 horas.
  2. Servicio de farmacias y boticas para entrega a domicilio (delivery) durante las 24 horas.
  3. Servicio de restaurante para entrega a domicilio (delivery), desde las 04:00 hasta las 23:00 horas.
  4. Actividades vinculadas a la distribución de materiales educativos, realizadas por directivos, docentes, auxiliares, personal administrativo y contratistas.
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