Osiptel: operadoras de telefonía suspenderán servicios por falta de pago

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Osiptel: operadoras de telefonía suspenderán servicios por falta de pago

1 jun 2020 | 4:00 horas Actualizado 2023-11-30T02:54:35Z
Operadoras suspenderán servicios de telefonía e internet por falta de pago
Suspensión se aplicará a quienes no hayan fraccionado su deuda, para garantizar la sostenibilidad de los servicios, el mantenimiento de las redes y nuevas inversiones que aseguren calidad y continuidad, en beneficio de los usuarios.

El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) habilitó a las empresas operadoras a iniciar la suspensión gradual de los servicios de telecomunicaciones por falta de pago a partir del 3 de junio, con el fin de reducir los altos niveles de morosidad en el pago de los servicios de telecomunicaciones.

El regulador ha mantenido durante más de 70 días la prohibición de cortar los servicios por falta de pago para garantizar la continuidad de los mismos, a través de la Resolución 035-2020-PD/OSIPTEL y la Resolución del Consejo Directivo N°050-2020-CD/OSIPTEL.

Suspensión gradual


La Resolución N° 043-2020-PD/OSIPTEL, precisa que a partir del 3 de junio se suspenderán los servicios a los abonados que tengan tres o más recibos pendientes de pago; y a partir del 12 de junio se suspenderán los servicios a quienes mantengan deuda de dos o más recibos. En ambos casos, los recibos adeudados pueden ser o no ser consecutivos.

La medida tendrá vigencia hasta el 30 de junio y a partir del 1 de julio, en el caso de recibos pendientes de pago se procederá de acuerdo a las Condiciones de Uso de los Servicios de Telecomunicaciones.

La gradualidad de la disposición no aplicará a quienes no cuenten con recibos pendientes de pago a la fecha de entrada en vigencia de la presente norma ni a quienes hayan realizado nuevas contrataciones de servicios durante el período de emergencia.

Obligaciones de las operadoras


De acuerdo a la resolución, para efectuar la suspensión, la empresa deberá comunicar al abonado su intención con una anticipación no menor de 2 días hábiles a la fecha efectiva de la suspensión.

En la comunicación, la empresa deberá indicar como mínimo el monto pendiente de pago desagregado por cada recibo mensual y el plazo para cancelarlos; así como la fecha prevista de suspensión del servicio y la posibilidad de fraccionar la deuda para evitar la suspensión.

Además, la empresa operadora deberá garantizar la atención de las solicitudes de migración por parte de los abonados que tienen recibos pendientes, hacia planes tarifarios menores o de la modalidad post pago hacia el prepago.

Cabe señalar que, cuando aplique una suspensión de servicio regulada por esta disposición, la empresa no podrá aplicar tarifa por concepto de reactivación.

Fraccionamiento


A pesar de la alta morosidad, sólo se ha solicitado fraccionamiento alrededor del 2.2% de todo el monto adeudado por los servicios, cuando el fraccionamiento es una facilidad de pago que las empresas operadoras han puesto a disposición de los usuarios mediante diversos canales de atención y que aún sigue vigente.

Según los registros del Osiptel, entre los meses de marzo y abril, las empresas operadoras han visto reducidos en 17.6% y 29.2% sus ingresos operativos facturados y percibidos, como consecuencia de la menor comercialización de servicios y por la falta de pago de los recibos emitidos. ÚLTIMAS NOTICIAS PERÚ HOY | CLARO, BITEL,ENTEL, MOVISTAR | Fraccionar deuda telefonía hasta 12 meses| ¿Cómo fraccionar deuda? | Noticias de Política | Operadoras de telefonía suspenden servicios
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