Ejecutivo dictó medidas complementarias para el sector Salud , a fin de garantizar respuesta a emergencia. Medida se autorizó mediante el Decreto de Urgencia N° 039-2020. |
El Gobierno autorizó de manera excepcional, el otorgamiento de una bonificación extraordinaria mensual de 3,000 soles a favor del personal dedicado al cuidado de la salud de pacientes confirmados de coronavirus (Covid-19).
Mediante el Decreto de Urgencia N° 039-2020, publicado en El Peruano, se precisa que la bonificación "se entregará durante la vigencia de la emergencia sanitaria", "no tiene carácter remunerativo, compensatorio, ni pensionable y no está sujeta a cargas sociales".
"No tiene carácter remunerativo, compensatorio, ni pensionable y no está sujeta a cargas sociales. Asimismo, no constituye base de cálculo para el reajuste de las bonificaciones que establece el Decreto Supremo Nº 051-91-PCM, para la compensación por tiempo de servicios o cualquier otro tipo de bonificaciones, asignaciones o entregas", señala el decreto.
También se dispone que los médicos residentes ingresantes en el Concurso Nacional de Admisión al Residentado Médico 2016 y 2017, que estén cursando el tercer y cuarto año de las especialidades de Medicina Intensiva o Medicina de Emergencias y Desastres, hagan su rotación a los establecimientos de salud priorizados durante la emergencia.
Por otro lado, se precisa que durante el plazo de vigencia de la emergencia sanitaria por el Covid-19 se autoriza la contratación de personas bajo la modalidad del régimen del Decreto Legislativo Nº 1057, que preste servicios en los equipos de respuesta rápida y equipos de seguimiento clínico.
Estos contratos administrativos de servicios tienen naturaleza estrictamente temporal y quedan resueltos de forma automática una vez culminada la emergencia sanitaria.
Además, se podrá contratar a personal que preste servicios para la prevención, control, diagnóstico y tratamiento del coronavirus en las unidades de hospitalización, unidades de cuidados intensivos (UCI) y en los servicios de apoyo al diagnóstico de dichos establecimientos de salud.
También se dispone que los médicos residentes ingresantes en el Concurso Nacional de Admisión al Residentado Médico 2016 y 2017, que estén cursando el tercer y cuarto año de las especialidades de Medicina Intensiva o Medicina de Emergencias y Desastres, hagan su rotación a los establecimientos de salud priorizados durante la emergencia.
Contratación de personal
Por otro lado, se precisa que durante el plazo de vigencia de la emergencia sanitaria por el Covid-19 se autoriza la contratación de personas bajo la modalidad del régimen del Decreto Legislativo Nº 1057, que preste servicios en los equipos de respuesta rápida y equipos de seguimiento clínico.
Estos contratos administrativos de servicios tienen naturaleza estrictamente temporal y quedan resueltos de forma automática una vez culminada la emergencia sanitaria.
Además, se podrá contratar a personal que preste servicios para la prevención, control, diagnóstico y tratamiento del coronavirus en las unidades de hospitalización, unidades de cuidados intensivos (UCI) y en los servicios de apoyo al diagnóstico de dichos establecimientos de salud.