Claro, Movistar, Entel y Bitel no brindaron información veraz a los usuarios en venta ambulatoria de chips y sanciones ascienden en total a 1’656,431 de soles. |
La multa para las cuatro empresas operadoras ascienden en total a S/ 1’656,431, equivalentes a 385.2 Unidades Impositivas Tributarias (UIT).
►Osiptel multó a Claro por más de S/ 6 millones por competencia desleal
El ente regulador sancionó, en primera instancia administrativa, a las cuatro empresas operadoras por incumplimientos derivados de no brindar información clara, veraz, detallada y precisa sobre el procedimiento para dar de baja un servicio y sobre la velocidad de transmisión contratada y mínima garantizada en Megabits por segundo al momento de la contratación realizada en la vía pública.
Asimismo, las empresas fueron sancionadas por no cumplir con remitir al Osiptel la dirección de cada uno de los puntos de venta de los distribuidores autorizados o habilitados para la contratación del servicio público de telefonía móvil y porque sus vendedores se negaron a firmar las actas de supervisión del ente regulador.
Por dichos incumplimientos, el Osiptel impuso tres multas a Viettel, equivalentes a 547,390 soles (127.3 UIT), y a Entel, por 439,890 soles (102.3 UIT). En este último caso, por las supervisiones realizadas en los departamentos de Lima, Cajamarca, Cusco, Piura, San Martín, Ucayali, Junín y Lambayeque.
Las multas impuestas a América Móvil y Telefónica del Perú ascienden a 360,770 soles (83.9 UIT) y 308,381 (71.7 UIT), respectivamente. Las mismas corresponden a acciones de supervisión realizadas en los departamentos de Cajamarca, Junín, La Libertad, Tacna y Lima, en el caso de América Móvil; y en los departamentos de Áncash, Junín, Lambayeque y Lima, en el caso de Telefónica del Perú.
Las multas impuestas pueden ser impugnadas, dentro del plazo de ley, ante las instancias correspondientes del organismo regulador.