Perú oficializa inmovilización social obligatoria, tras incremento de coronavirus

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Perú oficializa inmovilización social obligatoria, tras incremento de coronavirus

19 mar 2020 | 2:00 horas Actualizado 2023-11-30T01:59:42Z
Perú oficializa inmovilización social obligatoria, tras incremento de casos de coronavirus
Estado de emergencia por coronavirus en Perú. Se inició la inmovilización social obligatoria ante el aumento de casos del nuevo Covid-19 en el país. / Foto. Andina

En Perú inició el toque de queda a nivel nacional decretada por el Gobierno, por lo cual las personas deberán permanecer en sus domicilios desde las 20.00 hasta las 05.00 horas durante la vigencia del estado de emergencia declarado por el brote del coronavirus (Covid19).

A través del Decreto Supremo N° 046-2020-PCM, publicado este miércoles (18.03.2020) en el diario El Peruano, el Gobierno oficializó la inmovilización social obligatoria de todas las personas en sus domicilios desde las 20.00 horas hasta las 05.00 horas del día siguiente durante la vigencia del estado de emergencia decretado para evitar la propagación de coronavirus.

¿Quiénes podrán transitar en toque de queda?


Según la norma están exceptuadas de la medida el personal estrictamente necesario que participa en la prestación de los servicios de abastecimiento de alimentos, salud y medicinas.

También el personal que participa en la continuidad de los servicios de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, combustibles, telecomunicaciones, limpieza y recojo de residuos sólidos, servicios funerarios, y transporte de carga y mercancías y actividades conexas, según lo estipulado por el Ministerio de Transporte y Comunicaciones.

El personal de prensa escrita, radial o televisiva podrá transitar durante el período de inmovilización social obligatoria siempre que porten su permiso especial de tránsito, su fotocheck respectivo y su DNI para fines de identificación.

También la autorización es extensiva para las unidades móviles que los transporten. También se permite el desplazamiento de aquellas personas que requieren de una atención médica urgente o de emergencia por encontrarse en grave riesgo su salud.

Vehículos particulares

Durante la vigencia del estado de emergencia queda prohibido el uso de vehículos particulares, excepto los vehículos necesarios para la provisión de los servicios de salud, alimentos y los demás señalados anteriormente.

También podrán circular los vehículos necesarios para el traslado de personas que requieren de una atención médica urgente o de emergencia. En caso de incumplimiento, la Policía Nacional o las Fuerzas Armadas están facultadas a retener la licencia de conducir y la tarjeta de propiedad mientras dure el Estado de Emergencia.

¿Qué pasa si uno sale en toque de queda?


Se precisa que la regulación e implementación de la permanencia obligatoria de todas las personas en su domicilio y de la prohibición del uso de vehículos particulares quedan a cargo de la Policía Nacional del Perú y de las Fuerzas Armadas.

La norma señala que las limitaciones a la libertad de tránsito no aplican al personal extranjero debidamente acreditado en el Perú de las misiones diplomáticas, oficinas consulares y representaciones de organismos internacionales, que se desplacen en el cumplimiento de sus funciones, respetando los protocolos sanitarios.
Fuente: El Peruano
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