No descontarán AFP en abril, pero sí un 1,35% por seguro de invalidez

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No descontarán AFP en abril, pero sí un 1,35% por seguro de invalidez

27 mar 2020 | 12:30 horas Actualizado 2023-11-30T01:45:15Z
Las AFP no retendrán aporte de abril, pero sí un 1,35% por seguro de invalidez
Los 3,5 millones de trabajadores que aportan a una AFP recibirán un monto adicional en el mes de abril.

El Gobierno dispuso de forma única y excepcional la suspensión del aporte previsional que constituye el 10% de su sueldo mensual.

La medida busca inyectar recurso a la economía interna de 1,100 millones de soles por la crisis generada a causa del coronavirus (Covid-19).

Los administradores de fondos ya han informado a sus afiliados de tal decisión. Y, aunque no se realice el cargo, se retendrá el 1.35% correspondiente al pago de la prima por discapacidad, supervivencia y gastos de entierro.

"Este seguro te protege a ti y a tu familia en caso algo te pase dándote una pensión de invalidez o una pensión para tus familiares en caso de fallecimiento", dice una carta de Prima AFP y que lleva la firma de su gerente general, Renzo Ricci.

Gobierno decidió que en abril no se descontará el aporte al fondo de pensión (10% del sueldo) ni la comisión por administración de los fondos (1.60% del sueldo si se está en la comisión sobre el flujo o 0.18% si se está en la comisión mixta), señaló.

El descuento total aplicado cada fin de mes por las AFP tiene tres componentes, el aporte obligatorio al fondo de pensiones es de 10% de la remuneración. Adicionalmente, la comisión por la administración del fondo y que varía según cada administradora y la prima por el seguro.

Como se recuerda, el presidente Vizcarra, anunció que los trabajados en planilla recibirán un subsidio del Estado de un 35% y se hará una suspensión temporal y excepcional de un mes en el aporte de las AFP, que correspondería al mes de abril.
Comisiones y Primas de Seguro del  SPP, AFP -2020
Las comisiones sobre la remuneración y las primas retenidas correspondientes a un determinado mes deben pagarse dentro de los 5 primeros días útiles del mes siguiente.
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