Coronavirus: Perú refuerza medidas para frenar contagios del Covid-19

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Coronavirus: Perú refuerza medidas para frenar contagios del Covid-19

15 mar 2020 | 21:00 horas Actualizado 2023-11-30T01:59:42Z
Coronavirus en Perú
Coronavirus en Perú. Medidas ante el coronavirus (Covid-19) no contemplarán cierre de comercios, farmacias ni bancos, permanecerán abiertos y abastecidos, asegura presidente Martín Vizcarra.

El presidente de la República, Martín Vizcarra Cornejo brindó la noche del sábado (15.03.2020) Mensaje a la Nación donde anunció un conjunto de medidas para enfrentar el coronavirus (Covid-19) en el país.

El Mandatario informó que se reunió con ministros y autoridades de los tres niveles de gobierno, con el fin de evaluar las mejores decisiones para hacer frente al coronavirus.

Aseguró que los establecimientos comerciales de productos de primera necesidad, farmacias o bancos se mantendrán permanentemente abastecidos y funcionando. 

Precisamente, el ministro de Agricultura, Jorge Montenegro, sostuvo que el ingreso diario de alimentos a Lima se realiza con total normalidad y que no hay razón para que se vea interrumpido el abastecimiento dado que la producción es normal y está garantizada la conectividad.

"No hay desabastecimiento, en los últimos días están ingresando entre 8 a 10 mil toneladas métricas de alimentos a diario, no hay problemas de conectividad, no se justifica ningún tipo de especulación", apuntó.


Estas son las medidas anunciadas en Mensaje a la Nación


  • Debido a la emergencia, están restringidos los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio nacional.
  • Las personas únicamente podrán circular por las vías de uso público para la prestación y acceso a servicios y bienes esenciales como: adquisición, producción y abastecimiento de alimentos, lo que incluye su almacenamiento y distribución para la venta al público.

De igual forma, para la adquisición, producción y abastecimiento de productos farmacéuticos y de primera necesidad; asistencia a centros, servicios y establecimientos de salud, así como centros de diagnóstico, en casos de emergencias; y retorno al lugar de residencia habitual.

Asimismo, para la asistencia y cuidado a personas adultas mayores, niñas, niños, adolescentes, dependientes, personas con discapacidad o personas en situación de vulnerabilidad; para las entidades financieras, seguros y pensiones, así como los servicios complementarios y conexos que garanticen su adecuado funcionamiento.

Además para la producción, almacenamiento, transporte, distribución y venta de combustible; y medios de comunicación y centrales de atención telefónica.

  • Cierre total de las fronteras, en función al cual queda suspendido el transporte internacional de pasajeros, por medio terrestre, aéreo, marítimo y fluvial. El transporte de carga y mercancía no se encuentra comprendido en ello.
  • Realización de la toma de muestras a domicilio a las personas que presenten sintomatología de coronavirus; lo cual irá acompañado del fortalecimiento de la central telefónica Línea 113 y mayores recursos para el manejo y tratamiento de residuos municipales y biocontaminados.
  • Empleadores del sector público y privado están facultados a modificar el lugar de la prestación de servicios de todos sus trabajadores, utilizando medios o mecanismos que lo posibiliten.
  • De manera excepcional, se otorgará una bonificación extraordinaria para el personal de salud y personal contratado que preste servicios de alerta y respuesta en las Unidades de Cuidados Intensivos, Hospitalización o aquellos que realicen vigilancia epidemiológica y las visitas domiciliarias a los pacientes que reciben atención ambulatoria.
  • Bono extraordinario por labor efectiva del personal asistencial del Seguro Social de Salud.
  • Transferencia de 40 millones de soles a favor del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, para la organización y desarrollo de una Red de Soporte para el Adulto Mayor con Alto Riesgo y la Persona con Discapacidad Severa. 
  • Los ministerios de Salud y de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, así como los gobiernos regionales y locales, contarán con recursos para financiar el desarrollo de un servicio de visitas domiciliarias y seguimiento nominal en sus respectivas jurisdicciones.
  • El Ejecutivo entregará recursos, de manera excepcional, a las familias más necesitadas para que puedan acatar la medida. El procedimiento será informado en los próximos días.
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