El Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria de la Corte Supremo archivó este martes (26.11.2019) la instrucción contra Pedro Chávarry por la remoción de los fiscales Rafael Vela y José Domingo Pérez, así como por solicitar información sobre el acuerdo de colaboración eficaz con la empresa Odebrecht.
En su resolución, el juez supremo Hugo Nuñez Julca considera que los hechos imputados Chávarry Vallejos no constituyen delito de encubrimiento real.
"En el presente caso, los hechos investigados e imputados por el representante Ministerio Público no se subsumen en el tipo penal descrito, por lo que, deviene en fundada la excepción de naturaleza de acción deducida por el investigado Pedro Gonzalo Chávarry Vallejos", precisa el documento.
La fiscal suprema Bersabeth Revilla, a cargo de la investigación, había solicitado la suspensión en el cargo de Chávarry Vallejos por 18 meses.
El pasado miércoles (21.08.2019), el juez Núñez dispuso abrir investigación preparatoria contra el fiscal supremo y exfiscal de la Nación por el delito de encubrimiento real, el único que aprobó el último Congreso.
Según el artículo 405 del Código Penal (CP), que tipifica esta falta delictiva, el encubrimiento real tiene una pena privativa de la libertad no menor de dos ni mayor de cuatro años.
Como se recuerda, el exfiscal de la Nación Pedro Chávarry tenia un proceso por la remoción de los fiscales del equipo especial Lava Jato, Rafael Vela y José Domingo Pérez en diciembre de 2018.
#Último. Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria declara fundada excepción de naturaleza de acción deducida por la defensa técnica del fiscal supremo Pedro Chávarry, en la instrucción por el delito de encubrimiento real. https://t.co/t87puS8R7V pic.twitter.com/OW1JTVwYCl— Poder Judicial Perú (@Poder_Judicial_) 26 de noviembre de 2019
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