Ley de Cine aumentó por más de S/ 25 millones para promoción audiovisual

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Ley de Cine aumentó por más de S/ 25 millones para promoción audiovisual

10 may 2019 | 5:00 horas Actualizado 2023-11-30T03:17:29Z

Ley cinematográfica Perú

La Ley de Promoción de la Actividad Cinematográfica y el Audiovisual ampliará los fondos destinados al cine en el Perú de 2,000 a 6,000 UIT. De estos recursos, el 40% deben ser destinados a incentivar la industria del cine en regiones.

El pleno del Congreso aprobó el miércoles (08.05.19) en la primera votación, el Proyecto de Ley 3304/2018, que pretende promover la actividad cinematográfica y audiovisual peruana, a fin de contribuir a su desarrollo integral, sostenido e inclusivo; tanto en territorio peruano como en el exterior.

Con 46 votos a favor, 27 en contra y 7 abstenciones, se aprobó el texto de la Comisión de Cultura sobre la Ley de Promoción de la Actividad Cinematográfica y Audiovisual.

Nueva Ley cine peruana


La nueva Ley de cine N° 26370 financiará proyectos audiovisuales como series de televisión, contenidos para medios audiovisuales digitales, festivales, acciones de entrenamiento y rescate de patrimonio audiovisual, entre otros. Se espera aumentar la producción y la formación audiovisual, la aplicación de salas de exposición, festivales, la producción de documentales, ficción, series y dibujos animados.

Se aumenta el presupuesto destinado a la promoción del cine y el audiovisual, de 2 000 a 6 000 UIT, equivalente a más de 25 millones de soles, de los cuales el 40% serán destinados a incentivar la industria en regiones.

Incentivos fiscales
Las personas naturales y jurídicas que entreguen donaciones para la elaboración de proyectos de cine tendrán un incentivo tributario al momento de pagar sus impuestos, según la nueva Ley de cine aprobada en primera en el Congreso.

El proyecto aún necesita ser aprobado en segunda votación, que incluye el término "donaciones", que entidades naturales y/o jurídicas que contribuyan a proyectos de cine pueden deducir como gasto para la determinación del Impuesto a la Renta hasta el 10% de la renta neta de tercera categoría o hasta el 10% de la suma de la renta neta de trabajo y la renta de fuente extranjera.

Establece que el descuento no puede superar el 20% del Impuesto a la Renta correspondiente al año fiscal del aporte realizado.

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